Bono propone cambiar la Constitución para trabajar en enero y julio

Bono propone cambiar la Constitución para trabajar en enero y julio

Tranquil@, el titular no se refiere ni a ti ni a mi, sino a sus señorías de las Cámaras los cuales disfrutan de dos meses de vacaciones al año: enero y julio.

El Presidente del Congreso, José Bono, ve posible una reforma rápida de la Constitución para ampliar los periodos de actividad de la Cámara y así se lo hizo saber ayer en una carta a los portavoces parlamentarios para proponerles soluciones con el fin de que en enero y en julio puedan celebrarse plenos y comisiones. La reforma se tramitaría como proposición de ley suscrita por al menos dos grupos parlamentarios o una quinta parte de los diputados. Si fuera así, la reforma podría estar en vigor antes de julio, para que en ese mes puedan celebrarse ya plenos ordinarios.

En propias palabras del Presidente del Congreso «la frecuencia de las sesiones se ha convertido en una cuestión de debate en la vida pública». Desde luego, Señor Bono. En la vida social, y más aún ahora con la fuerte crisis económica, no se concibe que la gran mayoría de la sociedad disfrute de, como mucho, un único mes de días libres y sus señorías, representantes del pueblo español y máximos ostentadores del poder político gocen de 2 meses completos. Parece evidente que esta propuesta viene a frenar el deterioro de la imagen pública y la vida de los parlamentarios. Bono ha llegado a declarar que "no son una casta ociosa y desvergonzada".

En su propuesta incluye las tres vías posibles para llevar a cabo la modificación del periodo vacacional de los parlamentarios: la primera, modificar la Constitución, para lo cual basta la firma de dos grupos o la quinta parte de los diputados. El texto de reforma debe ser aprobado, eso sí, por una mayoría de tres quintos en ambas Cámaras. La Carta Magna, recuerda Bono, sólo se ha reformado en una ocasión y su tramitación duró 50 días. Hay una segunda fórmula, que sería a través de una modificación puntual del Reglamento del Congreso. Y una tercera mucho más sencilla: una acuerdo de la Junta de Portavoces.

Recordemos el artículo que habría que modificar:

''Artículo 73 CE
1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.''




Frase del día: ''Nada es particularmente difícil si se divide en pequeñas tareas'' - Henry Ford.

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